Canal Interno de Información y Política del Sistema Interno de Información (SII) del Consejo Consultivo de Flota de Larga Distancia (LDAC)

El Canal Interno de Información del LDAC es el cauce preferente para comunicar internamente posibles infracciones cometidas en un contexto laboral o profesional, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El citado Canal se integra en el Sistema Interno de Información (“SII”) del LDAC, el cual es gestionado conforme a los principios generales establecidos en nuestra Política del SII.

Entre tales principios cabe destacar la seguridad, confidencialidad, proporcionalidad, objetividad, respeto a las garantías de los intervinientes y a la normativa que resulta de aplicación, así como la necesidad de que el informante actúe de buena fe y con conciencia honesta de que se han producido o pueden producirse hechos graves perjudiciales. 

 

Comunicaciones al Canal Interno de Información del LDAC

Las comunicaciones al Canal Interno de Información del LDAC podrán realizarse por cualquiera de las siguientes vías:   

 

  1. Utilizando el formulario al que puede acceder a través del siguiente link:  Canal Interno de Información
    Las comunicaciones que se formulen a través de dicho formulario del “Canal Interno de Información del LDAC” podrán realizarse por escrito o verbalmente, o de las dos formas.               
     
  2. Enviando una comunicación escrita a la atención del Instructor del Canal Interno de Información del LDAC, a la siguiente dirección de correo postal: LDAC, calle Núñez de Balboa, 49, 3ºizq 28001, Madrid (España).              
     
  3. A solicitud del informante realizada por alguna de las vías identificadas, la comunicación también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días.  

Las comunicaciones recibidas en el Canal Interno de Información del LDAC serán tramitadas conforme al Procedimiento para la gestión y tramitación de las informaciones recibidas en el Canal Interno de Información del LDAC, que se adjunta como Anexo 1 de la mencionada Política del SII.

Tal y como se indica en dicho Procedimiento, las comunicaciones podrán realizarse de forma anónima